MARCO NORMATIVO DEL AGOTAMIENTO DE LOS RECURSOS Es deber de la administración informar cuales son los recursos procedentes contra actos particulares y concretos, so pena de no resultar exigibles para el control jurisdiccional
El agotamiento de recursos obligatorios contra los actos de contenido particular y concreto es un requisito de procedencia para ser demandados ante la jurisdicción contenciosa administrativa. Los actos de trámite que imposibiliten la continuación de una actuación son susceptibles de control de legalidad.
Publicado por Artículo20 en: 2021/07/14
Consejo de Estado--2021-N
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