Corte Constitucional ampara derecho fundamental al debido proceso administrativo de comunidades indígenas por mora de casi ocho años en procedimiento de constitución de su resguardo
La Corte halló que el lapso de ocho años sin que se expida la resolución que resuelva definitivamente la solicitud de constitución del resguardo indígena por parte de la Agencia Nacional de Tierras rebasa los límites de la razonabilidad en un procedimiento cuyo plazo promedio de ejecución es de aproximadamente 11 meses.
Publicado por Artículo20 en: 2021/07/07
Corte Constitucional-Sentencia-2021-N
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