RÉGIMEN ECONÓMICO DE LA SOCIEDAD PATRIMONIAL ¿Puede generarse de nueva cuenta la comunidad de bienes si compañeros permanentes disuelven la sociedad conyugal pero no se separan físicamente? Responde la Corte Suprema
Interpretación de la expresión “la sociedad o sociedades conyugales anteriores hayan sido disueltas” del artículo 2° de la Ley 54 de 1990. Dos universalidades jurídicas surgidas de un vínculo originado en los hechos.
Publicado por Artículo20 en: 2021/07/16
Corte Suprema de Justicia- Sentencia-2021-N
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