PRINCIPIO DE IRRETROACTIVIDAD TRIBUTARIA En materia de autoliquidaciones por aportes parafiscales, término de la facultad fiscalizadora de la Ugpp es de cinco años: Consejo de Estado
Los cinco años son en vigencia de la Ley 1607 de 2012, pues antes de esta la firmeza de las autoliquidaciones del Sistema de Protección Social y contribuciones parafiscales se calcularía con base en el artículo 714 del ET, es decir, tendría un término de dos años.
Publicado por Artículo20 en: 2021/11/30
Consejo de Estado--2021-N
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