En firme sentencia que negó la nulidad del acto de SuperServicios que determinó en más de 200 millones la contribución especial a pagar por la empresa Gas Natural del Oriente S.A. E.S.P.
Precisiones de la Sala sobre la base gravable excepcional de liquidación de la contribución especial, con la inclusión de las cuentas uso de líneas, redes y ductos, costo de distribución y/o comercialización de GN o combustible por redes y gas combustible.
Publicado por Artículo20 en: 2022/03/30
Consejo de Estado--2022-N
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