CONTRATO ESTATAL. SOLIDARIDAD Pactos de indemnidad entre entidades públicas y contratistas para exonerar de responsabilidad extracontractual por la ejecución de un contrato de obra pública, no son oponibles
La responsabilidad extracontractual derivada de la existencia del contrato de obra se extiende no solo a los daños que se causen en fases de construcción, sino también a las omisiones en frente al mantenimiento de las vías y su señalización.
Publicado por Artículo20 en: 2022/05/02
Consejo de Estado--2020-N
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