PBX: (601) 245 1728


¿ Olvido su clave ?
Bienvenidos al primer periódico con información del Gobierno, el Congreso y las Altas Cortes de Justicia de Colombia.
Quienes somos Contáctenos Preguntas Frecuentes Nuestros Planes Suscríbase Aquí Mi Perfil

ver edición completa Edición 008197
Año 34 – Bogotá, D.C., Viernes , 11 de Julio de 2025– ISSN 2322-6382 (En línea)


Siguenos en:

Índice Edición de Hoy
Asociación Nacional de Empresarios de Colombia - A
Agencia Nacional del Espectro
Agencia Nacional de Infraestructura
Asociación Nacional de Instituciones Financieras -
Artículo20
Auditoría General de la República
Comisión de Regulación de Energía y Gas
Colombia Compra Eficiente
Consejo de Estado
Contraloría General de la República
Corte Constitucional
Corte Suprema de Justicia
Departamento Administrativo Nacional de Estadístic
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN
Departamento Nacional de Planeación - DNP
Defensoría del Pueblo
Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuar
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural
Ministerio de Ciencia Tecnología e Innovación
Ministerio de Cultura
Ministerio de Educación Nacional
Ministerio de Justicia y del Derecho
Ministerio de Minas y Energía
Ministerio de Relaciones Exteriores
Ministerio de Tecnologías de la Información y las
Ministerio de Transporte
Presidencia de la República
Procuraduría General de la Nación
Registraduría Nacional del Estado Civil
Superintendencia Financiera de Colombia
Superintendencia de Industria y Comercio
Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliari
Superintendencia de Sociedades
UAE Migración Colombia
Ciudades
Bogota-Cundinamarca
Sectores
Sector Agrario
Sector Civil
Sector Construcción y Urbanismo
Sector Contencioso Administrativo
Sector Contractual
Sector Control Fiscal
Sector Coronavirus
Sector Corte Constitucional
Sector Disciplinario
Sector Distrito Capital
Sector Educación
Sector Elecciones y Nombramientos
Sector Energía Eléctrica
Sector Entes Territoriales
Sector Financiero
Sector Juegos de Suerte y Azar
Sector Laboral
Sector Medio Ambiente
Sector Migratorio
Sector Minero y Petrolero
Sector Penal
Sector Procesal
Sector Proceso de Paz
Sector Salud
Sector Servicios Públicos Domiciliarios
Sector Sociedades Marcas y Patentes
Sector Telecomunicaciones
Sector Transporte
Sector Tributario y Aduanero
Sector Unificación de Jurisprudencia
Sector Vigencias y Derogatorias

 

Regresar   Imprimir
La contabilización de los cinco años para la prescripción de la acción penal comienza a correr a partir de la formulación del recurso extraordinario de casación: Comunicado de Unificación, Sala Plena

La Corte realizó la interpretación constitucional del artículo 189 de la Ley 906 de 2004 y del artículo 352 de la Ley 1407 de 2010 -Nuevo Código Penal Militar- e indicó que no permite que a los cinco años que, de acuerdo con dichas normas, tiene la Sala de Casación Penal para fallar la demanda de casación, so pena de la prescripción de la acción penal del caso, se le sumen los términos de prescripción que no hayan corrido al momento de dictarse la sentencia de segunda instancia.

Publicado por Artículo20 en: 2022/04/27

Corte Constitucional-Comunicado de Prensa de Sala Plena-2022-N

      Ingresar Usuario y Clave



Noticias más consultadas hoy
Ver edición completa
Bogotágestiondocumental@articulo20.com.co
PBX (601) 245 17 28 Carrera 18A # 43-25 Piso 2

Ud se encuentra navegando desde la IP 216.73.216.22 Términos y condiciones de uso
Subir