Anulado aparte de Decreto según el cual las declaraciones de IVA presentadas en periodos diferentes a los establecidos por la ley no tienen efecto legal
La Sala anuló la frase “las declaraciones que se hubieren presentado en periodos diferentes a los establecidos por la ley no tienen efecto legal alguno; por lo tanto, los valores efectivamente pagados con dichas declaraciones podrán ser tomados como un abono al saldo a pagar en la declaración del impuesto sobre las ventas del periodo correspondiente”, del parágrafo 2 del artículo 1.6.1.6.3 del Decreto Único Reglamentario 1625 de 2016.
Publicado por Artículo20 en: 2022/11/17
Consejo de Estado--N/A
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