DERECHO FUNDAMENTAL A LA SALUD DE EXTRANJEROS Tras regularizada la situación migratoria a través de Permiso por Protección Temporal y realizada la afiliación, atención en salud de personas migrantes estaría a cargo de las EPS
Concepto de atención de urgencias y las responsabilidades de los entes territoriales en la garantía de acceso de las precitadas personas. Permiso por Protección Temporal. Jurisprudencia sobre la vinculatoriedad del concepto emitido por un médico no adscrito a las EPS.
Publicado por Artículo20 en: 2023/02/20
Corte Constitucional-Sentencia-N/A
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