Se violan los derechos a la intimidad y tranquilidad cuando bares y discotecas que colindan con las viviendas no respetan los niveles de ruido permitidos y las autoridades no realizan controles: Corte
La Corte recordó que le corresponde al alcalde de la ciudad o municipio definir el número de inspectores y el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (CNSCC) es el encargado de definir las medidas correctivas que puede aplicar, como las multas y suspensión definitiva de la actividad.
Publicado por Artículo20 en: 2026/03/03
Corte Constitucional-Sentencia-N/A
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